¿Cómo se determina realmente el precio de la energía en Colombia?
Entender la factura de la luz en Colombia requiere comprender que el valor del kilovatio-hora no se establece de manera arbitraria o local, sino a través de un marco técnico y altamente regulado. La tarifa final surge del Costo Unitario de Prestación del Servicio (CU), una fórmula matemática que integra todos los eslabones de la cadena eléctrica: generación (producir la energía), transmisión (transportarla a alta tensión), distribución (llevarla por las redes locales), comercialización (facturación y atención al cliente), pérdidas de energía y restricciones del sistema.
Ninguna empresa comercializadora por sí sola define el precio; este responde estrictamente a la dinámica del mercado energético y a la normativa nacional.

El encargado de dictar las reglas del juego en todo el territorio es la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), entidad gubernamental que establece las metodologías, topes máximos y fórmulas oficiales de cálculo. A su vez, el mercado mayorista —operado por XM S.A. E.S.P. es la empresa colombiana encargada de la operación del Sistema Interconectado Nacional (SIN) — fija diariamente los precios de la energía en bolsa según la oferta de las hidroeléctricas o térmicas, la demanda y el nivel de los embalses en el país.
Bajo este esquema dictado por el Ministerio de Minas y Energía, las empresas comercializadoras únicamente actúan como ejecutores regulados: aplican la fórmula matemática dispuesta por la CREG para liquidar el costo real del servicio y cobrarlo al usuario final.
Por ejemplo, frente al caso de Electrohuila, como establece la Resolución CREG 119 de 2007, la empresa solo traslada los costos regulados del mercado. El incremento que perciben actualmente los usuarios responde a factores técnicos específicos: primero, al cobro transitorio de la opción tarifaria (saldos acumulados durante el congelamiento de tarifas dictado por el Gobierno en la pandemia que nunca fueron condonados); y segundo, al cobro derivado de problemas en la compra de energía en épocas anteriores, que obligó a la empresa a adquirir en 2023 más del 60 % de su energía en la bolsa mayorista a precios elevados, situación que se viene estabilizando.

En conclusión, conocer el marco normativo, consultar las resoluciones vigentes de la CREG y analizar técnicamente el historial de contratación de energía permite entender que la factura de energía refleja compromisos financieros del sistema, decisiones operativas acumuladas y lineamientos técnicos regidos por todo el todo mercado eléctrico en Colombia.
Desde Dycon Eléctricos, acompañamos y respaldamos con nuestra experiencia de más de 35 años a todas las empresas del sector piscícola, agroindustrial, de construcción y comercio que requieran potenciar sus proyectos eléctricos entendiendo el sistema energético regional y nacional, y optimizando costos en postes de concreto, transformadores eléctricos y equipos de control y automatización.
Bibliografía
- Comisión de Regulación de Energía y Gas. (2007). Resolución CREG 119 de 2007: Por la cual se aprueba la fórmula tarifaria general que permite a los Comercializadores Minoristas de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional trasladar los costos de prestación del servicio a los usuarios finales regulados. Diario Oficial No. 46.853. https://gestornormativo.creg.gov.co/gestor/entorno/docs/resolucion_creg_0119_2007.htm
- Comisión de Regulación de Energía y Gas. (2020). Resolución CREG 058 de 2020: Por la cual se redefinen la medida de la Opción Tarifaria regulada en la Resolución CREG 012 de 2020 y se adoptan otras medidas en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. Gestor Normativo CREG. https://gestornormativo.creg.gov.co/gestor/entorno/docs/resolucion_creg_0058_2020.htm
- Electrohuila S.A. E.S.P. (2024). Publicación de tarifas del servicio de energía eléctrica y componentes del Costo Unitario de Prestación del Servicio (CU). https://www.electrohuila.com.co
- Ministerio de Minas y Energía. (2020). Decreto 517 de 2020: Por el cual se dictan medidas en materia de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. Departamento Administrativo de la Función Pública. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=111005
- XM S.A. E.S.P. (2023). Informe de operación del Mercado de Energía Mayorista (MEM) y comportamiento del precio de bolsa. XM Operador del Sistema y Administrador del Mercado. https://www.xm.com.co





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